Aprueba H. Cabildo de Los Cabos representaciones para dar seguimiento a los proyectos de la planta desaladora y de Mejora Integral de Gestión
Durante la Vigésima Cuarta Sesión Pública Extraordinaria del Honorable Cabildo de Los Cabos, que se celebró en la sala de juntas del Instituto del Deporte (INDEM), se autorizó por mayoría de votos el punto de acuerdo presentado por el presidente Oscar Leggs Castro, mediante el cual el H. XIV Ayuntamiento de Los Cabos, Baja California Sur, autoriza a los ciudadanos presidente municipal, síndica municipal y secretario general municipal, -todos del H. XIV Ayuntamiento del Los Cabos-, para que comparezcan o realicen, según corresponda, en representación del municipio de Los Cabos en materia de agua potable.
Por lo anterior, se establece que mediante la suscripción de convenios, contratos o actos jurídicos similares o análogos, las modificaciones y/o adiciones necesarias o convenientes al Contrato de Asociación Público Privada para la construcción de una Planta Desaladora de Agua de Mar de 250 litros por segundo (LPS), que abastezca por un plazo de hasta 25 años agua en bloque mediante la desalación de agua de mar a la ciudad de Cabo San Lucas, en el municipio de Los Cabos, celebrado entre el Organismo Operador Municipal del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Los Cabos y el Consorcio Cadebac, S.A. de C.V., con la obligación solidaria de la Peninsular Compañía Constructora, S.A. de C.V. y Acciona Agua, S.A.U. y la comparecencia del municipio de Los Cabos, Baja California Sur; y/o cualquier otro documento, contrato, convenio o acto jurídico que haya sido celebrado por el municipio de Los Cabos, Baja California Sur de conformidad con el Decreto número 2731, incluyendo sin limitar el Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Inversión, Administración y Fuente de Pago Número 2273 denominado Fideicomiso de Proyecto DLC2, Fideicomiso Desaladora 2, o Fideicomiso Desaladora Los Cabos 2 de fecha 25 de junio de 2021 y el convenio de apoyo financiero de fecha 27 de agosto del 2021 a efecto de prorrogar el plazo para el cumplimiento de las condiciones suspensivas previstas, así como realizar aquellas modificaciones necesarias o convenientes para inscribir dicho contrato en el Registro Público Único de Financiamiento y obligaciones de entidades.
Finalmente, se aprobó el punto de acuerdo presentado por el alcalde Oscar Leggs Castro, mediante el cual el H. XIV Ayuntamiento de Los Cabos, autoriza al alcalde, síndica municipal y secretario general, -todos del H. XIV Ayuntamiento de Los Cabos-, para que comparezcan o realicen, según corresponda, en representación del municipio, mediante la suscripción de convenios, contratos o actos jurídicos similares o análogos, las modificaciones y/o adiciones necesarias o convenientes al Contrato de Asociación Público Privada para el proyecto de acciones de Mejora Integral de la Gestión (Proyecto MIG) en el área de servicio de Los Cabos, Baja California Sur, celebrado entre el Organismo Operador Municipal del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Los Cabos y Aqualia Gestión Los Cabos, S.A. de C.V., con la obligación solidaria de Aqualia México, S.A. de C.V. y FCC Aqualia, S.A., y la comparecencia del municipio de Los Cabos, Baja California Sur, y/o cualquier otro documento, contrato, convenio o acto jurídico que haya sido celebrado por el Organismo Operador Municipal del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de los Cabos de conformidad con el Decreto número 2732, incluyendo sin limitar, el Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Inversión, Administración y Fuente de Pago Número 2274 denominado Fideicomiso del Proyecto MIG de fecha 25 de junio de 2021; el Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente Alterna de Pago Número 2275 denominado Fideicomiso de Participaciones del Municipio de Los Cabos, Baja California Sur de fecha 25 de junio de 2021; y el Convenio de Apoyo Financiero de fecha 27 de agosto de 2021, a efecto de prorrogar el plazo para el cumplimiento de las condiciones suspensivas previstas, así como realizar aquellas modificaciones necesarias o convenientes para inscribir dicho contrato en el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.